“la posesión es una relación jurídica como cualquier otra, y se nos ofrece como parte integrante del sistema de derecho, tanto si el poseedor es el mismo propietario como en otro caso, mucho más importante en cuanto surte efectos independientes de la propiedad en que el poseedor no sea el propietario”
PROCESO DE AMPARO A LA POSESION
PROYECTO ÁLZATE UBARNE CARLOS, GAONA AGUIRRE LUVERLIN, BARAHONA BALLESTERO OSCAR, PERES SIERRA GUSTAVO
jueves, 6 de octubre de 2011
CLASES DE PROPIETARIOS EN EL ORDEN JURÍDICO COLOMBIANO
La presunción de propietario que el artículo 762 confiere al poseedor, permite
afirmar que en el orden jurídico colombiano existen, sin perjuicio de otras
clasificaciones, dos clases de propietarios:
Unos, propietarios reales, por ser titulares inscritos e indiscutibles del derecho
real de dominio;
Y, otros, presuntos, pero también propietarios: Los poseedores. Los
poseedores son también propietarios, (presuntos, pero propietarios), mientras
otra persona no desvirtúe la presunción legal.
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