Conforme con lo expuesto, no hay posibilidad jurídica de que la mera tenencia
se transforme en posesión 44.Puede ocurrir sin embargo que, la mera tenencia
termine y se inicie un período nuevo de posesión.
Habría transformación de la mera tenencia en posesión, si la ley permitiese que
un período de mera tenencia pudiera computarse con otro posesorio, para
completar el término legal para la prescripción, pero eso en Colombia no es
posible.
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