PROCESO DE AMPARO A LA POSESION

PROYECTO ÁLZATE UBARNE CARLOS, GAONA AGUIRRE LUVERLIN, BARAHONA BALLESTERO OSCAR, PERES SIERRA GUSTAVO

miércoles, 5 de octubre de 2011

INTERDICTO DE RESTITUCIÓN DE LA POSESION: (Arto. 1657 al 1660 Pr. );

.- CONCEPTO:

Es el que tiene como fin recobrar la posesión o la restitución de la posesión que nos ha sido despojada. La diferencia entre este interdicto y el de amparo es que al entablar este último estábamos en la posesión, y en este es necesario que se nos haya despojado de la posesión, para que prospere la acción. 1796 C 

No hay comentarios:

Publicar un comentario