“la posesión es una relación jurídica como cualquier otra, y se nos ofrece como parte integrante del sistema de derecho, tanto si el poseedor es el mismo propietario como en otro caso, mucho más importante en cuanto surte efectos independientes de la propiedad en que el poseedor no sea el propietario”
PROCESO DE AMPARO A LA POSESION
PROYECTO ÁLZATE UBARNE CARLOS, GAONA AGUIRRE LUVERLIN, BARAHONA BALLESTERO OSCAR, PERES SIERRA GUSTAVO
jueves, 6 de octubre de 2011
DIVERSAS ACEPCIONES DEL VOCABLO POSESIÓN
Aún prescindiendo de la discusión de si la posesión es poder de hecho o de
derecho, no hay duda de que el fenómeno posesorio es poder sobre bienes o
cosas. Esto, para distinguir la posesión material de otra serie de fenómenos
que el lenguaje corriente, y aún el jurídico, califican de posesión, aunque ellos
no sean poder sobre cosas, como ocurre con la posesión inscrita, con la
posesión legal de la herencia, con la posesión efectiva de la herencia, con la
posesión definitiva de la herencia, con la posesión notoria de un estado civil,
etc.
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